El 6 de octubre de 2025, la jueza federal de distrito de Estados Unidos, Eumi Lee, del Distrito Norte de California, dictaminó que las editoriales musicales Universal Music Group, Concord Music Group y ABKCO pueden continuar con su demanda por infracción de derechos de autor contra la empresa de inteligencia artificial Anthropic PBC. La decisión rechazó la moción del demandado para desestimar parcialmente el caso, permitiendo a las editoriales avanzar con sus reclamaciones por responsabilidad secundaria y violaciones de la Ley de Derechos de Autor del Milenio Digital (DMCA, por sus siglas en inglés).
La disputa se originó en 2023, cuando las editoriales demandaron a Anthropic por presuntamente utilizar, sin autorización, letras de más de 500 canciones —incluyendo obras de artistas como Beyoncé, The Rolling Stones y The Beach Boys— para entrenar su modelo de lenguaje Claude. Además, alegaron que la empresa permitió a los usuarios de su chatbot reproducir letras protegidas por derechos de autor, lo que constituiría infracción contributiva y vicaria. Anthropic solicitó la desestimación de dichas reclamaciones, argumentando que no tenía conocimiento de los actos infractores ni obtenía un beneficio económico directo de ellos.
En su fallo, la jueza Lee determinó que los demandantes alegaron de manera plausible que Anthropic tenía conocimiento real de actos infractores cometidos por los usuarios de Claude, dado que la empresa había implementado mecanismos de monitoreo, o “guardrails”, capaces de detectar y registrar solicitudes de usuarios que involucraban material protegido por derechos de autor. El tribunal también consideró plausible que Anthropic obtuviera un beneficio económico del acceso y uso de su chatbot por parte de los usuarios, en la medida en que este permitía la generación de letras de canciones sin licencia.
La resolución también sostuvo la reclamación relativa a la eliminación intencional de información de gestión de derechos de autor (CMI) en violación de la DMCA. Las editoriales sostienen que Anthropic eliminó deliberadamente metadatos que identificaban la titularidad de las obras musicales de los conjuntos de datos utilizados para entrenar su IA, con la intención de ocultar el uso no autorizado de dicho material. La jueza Lee concluyó que los demandantes alegaron de forma plausible tanto el conocimiento requerido como la intención (scienter) necesarios para sostener esta reclamación.
Este litigio forma parte de una serie más amplia de casos emblemáticos que definirán los límites del uso legítimo en el desarrollo de sistemas de inteligencia artificial. La decisión en Concord Music Group Inc. v. Anthropic PBC representa un avance significativo para los titulares de derechos de autor en la defensa de su propiedad intelectual frente al uso no autorizado de su contenido por plataformas tecnológicas, y refuerza el debate jurídico en curso sobre la responsabilidad de las empresas de IA en el ecosistema digital moderno.