El juez federal Sidney Stein, del Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York (Manhattan), ha dictaminado que la demanda colectiva presentada por el autor George R.R. Martin —creador de la saga Canción de hielo y fuego—, junto con los escritores Michael Chabon, Ta-Nehisi Coates, Jia Tolentino y Sarah Silverman, contra OpenAI y su socio Microsoft, puede proceder. El tribunal determinó que los textos generados por el sistema de inteligencia artificial ChatGPT podrían ser sustancialmente similares a las obras originales de los demandantes y, por lo tanto, podrían infringir los derechos patrimoniales exclusivos protegidos por la legislación estadounidense en materia de derechos de autor.
La demanda se basa en el presunto uso no autorizado de obras literarias protegidas para entrenar los modelos de lenguaje de la empresa demandada. Entre las pruebas presentadas, los abogados de los escritores solicitaron a ChatGPT redactar una secuela alternativa de Choque de reyes, distinta de Tormenta de espadas. El texto resultante —titulado A with Shadows— incluía personajes, tramas y recursos narrativos análogos a los de la obra original, lo que el juez consideró suficiente para que un jurado razonable pudiera encontrar una similitud sustancial. Sobre esa base, el procedimiento fue admitido como una demanda colectiva.
Si bien la resolución no aborda aún el fondo del litigio, establece que la defensa de OpenAI, basada en la doctrina del “uso justo” (fair use), será examinada en una etapa posterior del proceso. Este principio permite el uso limitado de obras protegidas con fines como la investigación o el desarrollo tecnológico; sin embargo, su aplicación en el contexto de la inteligencia artificial sigue siendo controvertida. La reproducción masiva de material protegido por derechos de autor para el entrenamiento de algoritmos plantea complejas cuestiones sobre los límites del uso legítimo cuando los resultados generados replican la expresión creativa de las obras originales.
La decisión es particularmente significativa al reconocer que el entrenamiento de sistemas de inteligencia artificial con obras protegidas puede constituir una forma de reproducción no autorizada. Si este razonamiento se mantiene en etapas posteriores, podría alterar sustancialmente la forma en que las empresas tecnológicas gestionan los materiales utilizados en el desarrollo de sus modelos de lenguaje. Esto podría dar lugar al establecimiento de sistemas de licencias, requisitos de autorización previa y mecanismos de compensación para los titulares de derechos de autor.
El caso de Martin se suma a otras controversias en curso relacionadas con el uso de contenido protegido en el ámbito tecnológico. Reclamaciones recientes —como las presentadas por Disney y Universal contra el generador de imágenes Midjourney, o el acuerdo alcanzado por Anthropic para compensar a los afectados— ponen de relieve la necesidad de definir límites regulatorios. La decisión del juez Stein, al permitir que el caso avance, reafirma el creciente escrutinio judicial sobre la relación entre la inteligencia artificial, la creatividad humana y la protección efectiva de los derechos de propiedad intelectual.