Hace un año, la Corte Suprema de los EE.UU. aprobó proteger el registro de marca a ciertos términos genéricos cuando se agrega un “.com” al término.
Actualmente, la Junta de Apelaciones y Juicios de Marcas Comerciales (TTAB) está rechazando esta retención en un nuevo caso que tiene ante sí.
Se trata de un bufete de abogados de Carolina del Sur a quien se le negó la solicitud de registro de marca con su nombre de dominio «onlinetrademarkattorneys.com».
El fallo se produjo después de que la Corte Suprema de EE.UU. emitiera su dictamen en USPTO (United States Patent and Trademark Office) contra Booking.com.
Por su parte la TTAB, asegura que el término en cuestión ahora, no cumplía con los requisitos para el registro de marca comercial a pesar de la adición de «.com».
Ya que la marca de Sausser Summers, «onlinetrademarkattorneys.com», no tiene el significado secundario necesario para superar lo que consideraba la naturaleza inherentemente genérica del término.
Este conjunto de decisiones de la TTAB es que simplemente agregar “.com” a un término genérico no lo exime de su carácter genérico y, por lo tanto, lo califica para la protección de marca registrada. El fallo de la Corte, explicó la TTAB, no fue tan amplio como para sugerir esto como un camino alrededor de la barrera del genérico para el registro.