Con información de Infobae
El actor mexicano Gael García Bernal expresó su inconformidad con el resultado de la batalla legal contra la conocida marca de whisky Jhonnie Walker de Diageo México, argumentando que la justicia no tomó en cuenta el artículo 216 Bis de la Ley Federal del Derecho de Autor.
Según información del diario británico The Guardian, la resolución de la corte no previó el alcance de la campaña la cual abarcó más de 120 países, trayendo como consecuencia que las ventas de la bebida se incrementaran en más de mil millones de dólares, por lo que la resolución no cubriría el valor comercial que brindó a la campaña García Bernal.
Es pertinente recordar que en noviembre del 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) favoreció al actor con base en la Ley Federal del Derecho de Autor con el pago de mil salarios mínimos, ya que desde el año 2013, García emprendió una batalla legal en contra de Jhonnie Walker de Diageo México por el uso indebido de su imagen en una campaña publicitaria de nombre “Caminando con Gigantes”.
A juicio del también cineasta García Bernal, la campaña publicitaria transmitió 22 spots entre septiembre y octubre del 2011 donde se hacía referencia a su imagen, por lo que solicitó una indemnización, con base al artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor, la cual establece como infracciones en materia de comercio la utilización de la imagen de una persona sin su autorización o la de sus causahabientes.
Por su parte, la empresa Diageo, multinacional dedicada a la distribución de licores que cuenta con un órgano en México, lugar donde controla la venta de conocidas marcas de bebidas alcohólicas, una de ellas, Jhonnie Walker, alegó que no corresponde a la Federación legislar en materia del derecho al uso de la imagen y que su órgano en México no es propietario de la marca Johnnie Walker, pues su función solo corresponde a la publicidad y comercialización del producto, por lo que no podían figurar como la parte demandada.
Ante esta situación, la SCJN rechazó los argumentos y explicó que la mencionada ley protege a los autores de una obra y a cualquier persona cuya imagen sea comercializada sin su consentimiento, por lo que demandó a la empresa pagar al actor una multa correspondiente al 40% del total de las ventas durante el periodo de transmisión del comercial reclamado.
Es importante señalar que este acontecimiento marcó un precedente para que otros artistas o cualquier persona se pueda amparar en la Ley Federal del Derecho de Autor y exigir una sanción comercial por el empleo indebido de su imagen.