Fuente: Reuters
El pasado 13 de junio, el Tribunal de Apelación del Cuarto Circuito de EE.UU. falló a favor de Bacardí en su lucha por los derechos de comercialización de Havana Club en Estados Unidos, en detrimento del gobierno cubano y su empresa Cubaexport.
Dicho Tribunal, revocó la sentencia de un tribunal de distrito, declarando que el derecho de marcas de EE.UU. no impide a la popular marca de ron, a demandar a la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU. (USPTO) en virtud de la Ley de Procedimiento Administrativo (APA), por permitir la renovación del registro de la marca a pesar de no haberse respetado el plazo reglamentario.
Cabe recordar que, Havana Club era la marca de ron de Bacardí antes de que el régimen cubano le expropiara sus instalaciones. La decisión judicial reciente permite a Bacardí continuar su batalla legal, ya que, según alegan, compraron los derechos de la marca a la familia Arechabala, cuyos activos, incluyendo su destilería, fueron confiscados por Fidel Castro tras tomar el poder en 1959.
Cubaexport registró la marca Havana Club en EEUU en 1976, manteniendo los derechos hasta 2006, cuando le fue denegada la renovación de la licencia debido a las leyes del embargo estadounidense. Durante el mandato de Barack Obama, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) cambió su decisión, permitiendo a Cubaexport renovar su registro, lo que reavivó la batalla judicial.
Razón por la cual, Bacardí en desacuerdo con esta medida, presentó una demanda alegando que la renovación del registro de la marca fue realizada después de la fecha límite estatutaria. Por lo cual, la Corte de Apelaciones del Cuarto Circuito para el estado de Virginia, ha revocado ahora la desestimación anterior de esta demanda, permitiendo que el caso continúe vigente.
Bajo este contexto, es importante mencionar que, en noviembre de 2023, la Cámara de Representantes de EEUU aprobó el proyecto de ley denominado «No Stolen Trademarks Honored in America» (No Marcas Robadas Reconocidas en EEUU), que prohíbe la validación y el uso de las marcas que hayan sido confiscadas por el régimen cubano desde 1959.
La citada normativa busca proteger los intereses y derechos de los empresarios que fueron víctimas de la confiscación de bienes por parte del régimen de la Isla, exceptuando los casos en los que se demuestre que existió un consentimiento claro, otorgado por el propietario original de la marca comercial.